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El Pleno de la COFECE determinó sujetar la autorización de la
concentración al cumplimiento de diversas condiciones
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La transacción reduciría significativamente la competencia en 27
mercados y podría tener como consecuencia un incremento en los precios a los
consumidores
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Para poder concretar la operación, Soriana deberá abstenerse de adquirir
o tendrá que desincorporar diversas tiendas ubicadas en los mercados relevantes
en los que fueron identificados riesgos a la competencia
México, D.F., 09 de octubre de 2015.- La
Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) resolvió objetar la
concentración entre Organización Soriana (Soriana) y Controladora Comercial
Mexicana (CCM) en los términos en los que fue planteada, pues de realizarse se
podría dañar el proceso de competencia y libre concurrencia en 27 mercados de
comercialización al menudeo a través de tiendas de autoservicio.
El Pleno de la Comisión determinó que la
dimensión geográfica de los mercados analizados es local, conforme al área de
influencia de las tiendas objeto de esta operación. Así, analizó los efectos
que la misma tendría en 160 mercados relevantes identificados. En su análisis
consideró que la concentración reduciría significativamente la competencia en
27 de ellos.
Como resultado de la operación:
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Soriana obtendría elevadas participaciones de mercado en términos de
piso de venta y acumularía un elevado número de tiendas en cada uno de los 27
mercados,
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En un análisis más detallado de dichos mercados, también se encontró que
la participación de mercado en términos de valor de las ventas sería elevada, y
·
Se fortalecerían las barreras a la entrada para nuevos competidores,
principalmente las relacionadas con el desarrollo de redes de distribución,
altos costos de inversión y escasez de espacios comerciales en algunas
ciudades.
En virtud de ello, la Comisión concluyó que
la operación sería riesgosa para la competencia y podría ocasionar un
incremento de precios en detrimento de los consumidores.
Por lo anterior, a fin de impedir que la
operación afectara la competencia en esos mercados, el Pleno de la Comisión
determinó que la operación debía objetarse en los términos en los que fue
planteada y acordó que ésta solo se autorizaría si Soriana cumple con la
condición de sujetarse a un programa de desinversión o la no compra de tiendas
ubicadas en esas zonas.
En específico, para poder concretar la
operación, Soriana podrá optar por abstenerse de adquirir diversas tiendas
propiedad de CCM ubicadas en esos mercados relevantes, o bien podrá
adquirirlas, pero deberá venderlas en un periodo establecido. En este último
caso, el comprador requerirá la autorización de la COFECE.
Soriana y CCM deberán presentar, dentro de un
plazo de diez días hábiles, un escrito mediante el cual acepten en su totalidad
las condiciones señaladas. De no hacerlo, la concentración se considerará como
no autorizada.
Sobre los agentes económicos
Soriana es una sociedad pública mexicana que
se dedica a la operación de una cadena de tiendas de autoservicio en las que
comercializa una extensa y completa línea de alimentos, ropa, mercancías
generales, productos para la salud y servicios básicos.
CCM es una compañía controladora que opera
una cadena de tiendas de autoservicio que ofrece una amplia variedad de
artículos alimenticios, incluyendo abarrotes y perecederos, al igual que
productos no alimenticios como mercancía general y ropa.
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